Leyes laborales

¿Qué es el RUTEC y cómo puedo registrarme?

El RUTEC es una plataforma donde el empleador registra a sus trabajadores extranjeros vía web. Te contamos más en este artículo.

consultor

¿Necesitas ayuda?

Isabel García

HR Consultant

El Registro Único de Trabajadores Extranjeros es una plataforma que debes tener en cuenta si tienes empleados extranjeros en tu empresa

24 de septiembre, 2021

El RUTEC o el registro único de trabajadores extranjeros en Colombia es una plataforma donde el empleador registra automáticamente a sus trabajadores extranjeros vía web. Este sistema brinda información biográfica, ocupacional y laboral de todo ese personal extranjero que este bojo el control de la empresa.

Así el Ministerio del Trabajo dispone de información para la supervisión de la situación laboral, condiciones de trabajo y el cumplimiento de las normas laborales. Al ser contratado un extranjero en Colombia su jefe dispone de 120 días como máximo para registrarlo en el RUTEC. Este registro se debe hacer cada vez que se contrata a un extranjero. 

¿Cómo hacer el registro en el RUTEC?

La forma en la que un empleador puede registrar a un trabajador extranjero en el RUTEC es la siguiente:

  1. Ingresar a la página del Ministerio del Trabajo y seleccionar la opción RUTEC.
  2. Registrar la información de la empresa en el Registro Único de Empresa RUE.
  3. Validar la información por parte del Ministerio del Trabajo.
  4. Registrar la información de los trabajadores extranjeros, dentro de esta información debe estar lo siguiente:
  • Datos personales.
  • Tipo de contrato.
  • Nivel educativo.
  • Idiomas.

La información suministrada en el RUTEC debe ser actualizada cada vez que haya la desvinculación de algún trabajador extranjero. También se debe realizar la actualización si hay alguna modificación en la relación contractual que provoco el registro, renovación o extensión del contrato, entre otros. El plazo para realizar la inscripción de un trabajador es de 120 días, desde la firma del contrato. El Ministerio del Trabajo está facultado para iniciar investigaciones a quienes incumplan con la obligación de registrar a sus trabajadores extranjeros en el RUTEC. 

De estas investigaciones se pueden interponer multas que llegan a oscilar entre 1 y 5.000 salarios mínimos legales mensuales. Toda persona natural o jurídica que en calidad de comerciante y que durante su actividad económica contrate personal extranjero debe registrarlo en el RUTEC. Al ingresar al sistema, este le da la opción de aclarar si usted se encarga de los extranjeros como persona jurídica o persona natural. El estar registrado en el esta plataforma resulta beneficioso para los migrantes, porque este les permite hacerse visibles como trabajadores formales ante el Ministerio del Trabajo. 

Con esto, los trabajadores pueden defender sus derechos laborales, tener un historial laboral para hacer posibles reclamaciones ante su empleador. También le sirve para demostrar su permanencia en el país y de este modo facilitar el trámite de visas y movilidad laboral.

Beneficios del registro en esta plataforma

Dentro de los beneficios que se pueden encontrar al hacer el registro en el RUTEC están los siguientes:

  1. Beneficios para el Ministerio del Trabajo.
  • Generar insumos de pertinencia y calidad para la construcción de la política de migración laboral.
  • Conocer características del perfil socio-laboral de la población extranjera en Colombia.
  • Promover la garantía de derechos laborales de los extranjeros en el país. 
  • Evitar las prácticas abusivas de contratación.
  1. Beneficios para la empresa.
  • Aportar a la solución de posibles controversias laborales.
  • Promover una migración ordenada y regulada. 
  1. Beneficios para  los trabajadores.
  • Defender la garantía de derechos laborales.
  • Contar con historial laboral para posibles reclamaciones de derechos al empleador.
  • Demostrar permanencia en el país.
  • Facilitar trámites de visas y movilidad laboral. 

Es importante conocer que no deben registrarse en el RUTEC las siguientes personas:

  1. El Cuerpo Diplomático de Embajadas y Consulados.
  2. Oficiales de organizaciones internacionales.
  3. Agregados Militares y Comerciales. 

Por su parte están obligados a inscribirse:

  1. Empresas privadas que tengan personal extranjero por contrato de prestación de servicios o contrato laboral en sus modalidades diversas.
  2. Empresas del sector público que cuenten con personal extranjero, sean servidores públicos, contratistas o trabajadores directos.

Aporta valor a tu empresa y transforma la gestión de tus RRHH en una tarea ágil y simplificada