Vacaciones y ausencias

Cálculo para liquidar las vacaciones en Colombia

El proceso de liquidar vacaciones varía según el contrato laboral de cada trabajador. Te explicamos cómo liquidar las vacaciones de cada uno.

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Isabel García

HR Consultant

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1 de junio, 2022

Todo empleador se encuentra en la obligación de otorgar días de vacaciones a sus colaboradores. Entonces, la empresa debe liquidar las vacaciones de forma correcta.

Este es el proceso en que la empresa contrasta dos aspectos: los días trabajados y los días de vacaciones obtenidos por ese periodo de trabajo.

Los trabajadores tienen quince días por cada año de trabajo. Es decir, se gana una quincena de días hábiles de descanso.

Derechos sobre las vacaciones

Las vacaciones laborales son el descanso al que todo trabajador tiene derecho. Estas suceden tras haber trabajado durante el tiempo que estipula la legislación laboral en Colombia.

Es importante aclarar que, los días de vacaciones otorgados son hábiles y no de calendario. Es decir, desde el día en que el colaborador inicie sus vacaciones, no se deben tener en cuenta los domingos o días feriados.

Esto nos lleva a comprender que este descanso podría llegar a ser más de 15 días en el calendario. Por eso, es importante tenerlo claro al momento de liquidar las vacaciones.

¿Cómo se deben remunerar las vacaciones?

Estas temporadas de descanso pueden negociarse de varias maneras. Por ejemplo, pagando en dinero adicional al trabajador, bajo previo acuerdo, hasta la mitad de las vacaciones. Es decir, cambiar el descanso por dinero.

O, si el colaborador decide hacer uso de ellas, pagarlas con base en el salario ordinario que devengue.

Ahora bien, durante el periodo de vacaciones, el trabajador debe recibir el salario ordinario. Este cobrará desde el día que comience a hacer uso de sus vacaciones laborales. Así lo establece el artículo 192 del Código Sustantivo del Trabajo (CST).

Para la liquidación de las vacaciones, el empleador debe tener en cuenta las siguientes condiciones:

  1. No se tendrá en cuenta el auxilio de transporte.
  2. No se tendrá en cuenta el recargo de horas extras, ni el trabajo en días de descanso obligatorio. Para este punto, en caso de que el colaborador realice actividades de trabajo suplementario, se deberán cancelar. Eso sí, no se deben incluir en la liquidación de las vacaciones.

Fórmula para liquidar las vacaciones

Teniendo en cuenta los puntos mencionados antes, para la liquidación de las vacaciones se utiliza la siguiente fórmula:

Salario base + Tiempo laborado / 720

Para entenderla mejor, es necesario saber que el salario base es el sueldo ordinario del empleado. En caso de sueldos variables, este hace referencia al promedio anual.

El tiempo laborado corresponde a los días que el empleado ha trabajado. Debe tenerse en cuenta desde sus últimas vacaciones, o si es una contratación reciente, desde la fecha de ingreso.

Recalcar que la división entre 720 representa los 15 días de vacaciones por cada 360 días trabajados.

Ejemplo para aprender a liquidar las vacaciones     

Pongámonos en situación con un claro ejemplo:

Una colaboradora cumple su primer año en la organización. Por lo tanto, ha decidido tomar sus vacaciones. Hoy, tiene un salario de $3.200.000 COP. Para realizar la liquidación, aplicaremos la formula anterior:

$ 3.200.000 * 360 / 720 = $ 1.600.000 COP

De acuerdo con el resultado, la colaboradora recibirá un total de 1.600.000 COP. Estos corresponden a los 15 días laborales relativos a sus vacaciones.

Por último, si el trabajador finaliza su contrato laboral y no disfrutó de sus vacaciones, estas deben pagarse con dinero. Para este caso, se deben liquidar las vacaciones sin excluir horas extraordinarias.

Según la jurisprudencia colombiana: “Las vacaciones compensadas en dinero forman parte de la base de los aportes parafiscales”. ¿Vemos un ejemplo? ¡Vamos!

Otro ejemplo práctico

Una trabajadora ingresó a laborar en la organización el 3 de marzo de 2020. Esta prestó sus servicios hasta el 14 de noviembre de 2021. El promedio salarial fue de $ 1.500.000 COP. Para este caso, se utiliza la misma fórmula que se revisó antes.

$ 1.500.000 x 612 / 720 = $1.275.000 COP

Aquí, podemos observar que la liquidación de las vacaciones de la trabajadora corresponde a $1.275.000 COP.

Esperamos que este artículo te haya resultado útil. Si deseas más información, sigue en nuestra página de recursos de Sesame HR.


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