Nóminas y remuneraciones

¿Cómo se calcula la prima de servicios en Colombia?

Averigua qué es la prima de servicios y cómo se calcula la prima de servicios de manera sencilla a través de una fórmula simple.

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Isabel García

HR Consultant

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14 de enero, 2022

La prima de servicios es uno de los momentos más anhelados por los trabajadores colombianos. Este concepto, corresponde a una prestación social que reciben los empleados y que está a cargo del empleador.

La empresa paga a sus trabajadores el equivalente a un salario mensual (30 días) por cada año laborado. Está distribuido en dos pagos obligatorios, antes del 30 de junio y antes del 20 de diciembre. 

Hay que resaltar que, si uno de tus trabajadores no ha laborado los 360 días que corresponden a un año laboral, deberá hacerse el cálculo de este concepto proporcionalmente al tiempo laborado. Por ello, es necesario tener una base de datos de los empleados que permita reunir toda la información los procesos ágilmente.

¿Cómo funciona la prima de servicios?

De acuerdo con el artículo 307 del Código Sustantivo del Trabajo, este concepto no se debe tener en cuenta como salario. Por ende, no se debe tener en cuenta como concepto de nómina.

Tendrán derecho a ella, los empleados que estén bajo un contrato contrato por obra labor o indefinido, es decir, trabajadores dependientes. Las personas bajo la modalidad de prestación de servicios o contratistas independientes, no tienen derecho a recibir este reconocimiento.

Para añadir, desde el 2016 con la Ley 1788 también se contempla el pago de prima de servicios a los empleados del servicio doméstico o que se encargan de prestar servicios como jardinería, conducción, trabajo de finca, en general servicios del hogar.  

¿Cómo se calcula la prima de servicios?

Existe una fórmula matemática para reconocer el valor exacto que se le debe recompensar obligatoriamente al trabajador. Ésta, varía dependiendo de si el trabajador laboró un año o menos de este tiempo.

La fórmula es la siguiente:

(Salario base mensual devengado por el trabajador) X (el número de días laborados) / 360 días

Es mucho más fácil comprender cómo sucede el pago con ejemplos. Imagina que vas a hacer el pago de la prima correspondiente al primer periodo del año, la prima que se paga antes del 20 de junio. Y resulta, que tu empleado gana mensualmente un salario base de 1’200.000 pesos.

Llegados a este punto, es importante recordar los elementos que constituyen un salario de acuerdo con el artículo 12 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) que son:

  • Comisiones de cualquier tipo
  • Recargos nocturnos, dominicales y/o festivos
  • Bonificaciones habituales
  • Viáticos permanentes por manutención y alojamiento

Bien, continuando con el ejercicio, para hacer un correcto cálculo debes tener en cuenta:

  • El salario base: $1’200.000 pesos colombianos
  • Los días laborados, que en este caso serán 180 correspondientes a medio año.
  • 360 días que se trabajan en un año.

Entonces, la prima de servicios sería igual a:

Prima de servicios: $1’200.000×180/360=$600.000

¿Cómo se paga?

Para finalizar el ejercicio anterior, estarás en la obligación de pagarle antes del 30 de junio $600.000 a ese empleado por concepto de prima.

De acuerdo a como lo decidas, puedes pagar este monto anticipadamente o de manera fraccionada. Así lo determina la sentencia 2846 del 12 de junio de 1990 de la Corte Suprema de Justicia.

Aunque no es muy común que ocurra de esta manera, desde el año 2020 se anticipó la prima de diciembre o la navideña a los empleados del estado para impulsar y darle dinamismo a la economía. A esta medida, también se acogieron algunas empresas privadas con el fin de impulsar y beneficiar al comercio en los días sin IVA. Estas empresas, no están en la obligación de hacerlo.

Si no pagas la prima de servicios ¿De cuánto es la multa?

El artículo 65 del CST señala que el empleador puede acarrear una sanción disciplinaria y monetaria si olvida u omite el pago de la prima. Las multas pueden ser desde 1 hasta 5000 salarios mínimos legales vigentes y una indemnización moratoria equivalente a un día de salario por cada día de retraso en el pago.


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